Ganancias F.1357: Nuevo manual para generar liquidaciones anuales 2019 e informativas y finales 2020


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La AFIP puso a disposición el nuevo manual para la generación de las declaraciones juradas anuales del 2019 junto con las informativas y finales del 2020 y extendió los plazos para el cumplimiento de las obligaciones.

La liquidación anual que deben efectuar los empleadores que actúen como agentes de retención para determinar la obligación anual del empleado correspondiente al período fiscal 2019, podrá ser cumplida excepcionalmente hasta el 3 de julio de 2020, inclusive.

El importe determinado, será retenido o reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior o en los siguientes, si no fuera suficiente, y hasta el 10 de agosto de 2020, inclusive. 

Además, deberán informar e ingresar el importe hasta las fechas de vencimiento fijadas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante correspondientes a la primera quincena de julio de 2020 del SICORE, consignando como fecha de retención el día 3 de julio de 2020.

La nueva versión 2.0 del F. 1357 recepta las novedades incorporadas por las Leyes 27.424 y 27.541. Se deberá utilizar, para generar la Declaración Jurada Anual del año 2019 y las Declaraciones del Tipo Final / Informativa desde el año 2020.

El F. 1357 -“Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” -, resultará de aplicación obligatoria para las liquidaciones anuales, finales e informativas que se confeccionen a partir del 1 de enero de 2020 inclusive.

Es importante destacar que aún AFIP no se expidió sobre si corresponde o no rectificar las presentaciones ya realizadas con la versión 1.0.



Nota relacionada: RT 4725 AFIP: Retenciones Ganacias - Plazo especial - Nuevo modelo de formulario

Manual-F.1357 V2.0...pdf

Resolución General 4725-2020.pdf