Certificado MiPyME: AFIP comenzó a notificar la información para la renovación automática. Hasta el 20/6/20 se podrán corregir inconsistencias.

Comenzaron a llegar al Domicilio Fiscal Electrónico la notificación por parte de AFIP acerca de la renovación automática del Certificado MiPyME de las empresas con cierre de ejercicio en los meses de diciembre, enero y febrero.

El beneficio está dirigido a aquellas MiPyMEs que cuenten con certificado vigente y no hayan presentando un nuevo formulario 1272 en la página de AFIP.

En la misma se informa que ya se encuentra a disposición la información actualizada del Formulario 1272 - ‘PYMES/Solicitud de categorización y/o beneficios’, para que se pueda verificar, para ello hay tiempo hasta el día 20  de junio de 2020. 

La información ya está pre cargada y la única opción para corregirla en caso de detectar inconsistencias, es presentando las declaraciones juradas rectificativas:

- Ventas: declaraciones juradas de IVA de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados, descontando el 75% de las exportaciones. El campo del formulario 1272 «Total de ventas anuales (incluido el 25% de las exportaciones y neto de impuestos internos e IVA)» es el que se utiliza para realizar la categorización, por lo que se recomienda verificar especialmente que este campo sea correcto.

- Empleo: formulario 931 de los últimos 3 ejercicios fiscales cerrados

- Activo: última declaración jurada de ganancias

- Relaciones societarias y accionistas: último formulario 657 y última declaración jurada de ganancias

- Datos de contacto: sistema registral

- Actividades: sistema registral. La actividad principal debe ser aquella que represente el mayor ingreso de la empresa y no podrá haber estado dada de alta en ninguna de las actividades excluidas durante los últimos tres ejercicios fiscales cerrados.

Una vez finalizado el plazo mencionado, AFIP transmitirá la información a la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa para su análisis, y realización del trámite de renovación automática del ‘Certificado MiPyME’.

Se advierte que con la presentación del Formulario se autoriza a la Secretaría mencionada a compartir la información del Registro de Empresas MiPyMES, bajo los términos establecidos en el artículo 13 de la Resolución SECPYME N° 220/19. En caso de optar por que la información no sea compartida, se deberá ingresar en el Formulario 1272 y manifestarlo de forma expresa.

En lo referido a la solicitud del beneficio de ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada de IVA, se mantendrá la opción elegida en el Formulario vigente anterior. Para modificar esta selección, deberás ingresar en el Formulario 1272 y tildar la opción deseada.




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