Operaciones internacionales: AFIP habilitó el formulario 2668 para presentar la declaración jurada


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AFIP habilitó en su página web el servicio web «Operaciones Internacionales» por el cual se presentará el formulario 2668, establecido por la Resolución General 4717.

Con esta versión no se va a poder realizar la presentación ni cargar por lotes las transacciones de comercio exterior. 

Las funcionalidades van a estar disponibles a partir de la semana próxima. Por el momento solo se podrá cargar la información quedando la declaración jurada en estado borrador.

También podrás acceder al micrositio “Operaciones internacionales” con toda la información referida al nuevo servicio y con los formatos de archivos de importación, para sujetos independientes y para operaciones de exportación e importación, que deberás utilizar para importar datos en la próxima versión, en caso de que no optes por la carga manual de los mismos. 

A los a efectos de demostrar la correcta determinación de los precios, montos de las contraprestaciones o márgenes de ganancia, así como los precios fijados en operaciones de exportación e importación de bienes entre partes independientes, la Resolución General N° 4.717 fija las formalidades, requisitos y demás condiciones que deben observar los sujetos alcanzados.

Entre los cambios que se introdujeron en la forma en que se presenta la información de operaciones internacionales y precios de transferencia, se destacan las siguientes: 

  • Un solo vencimiento anual en el sexto mes posterior al cierre y un vencimiento excepcional para los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive. 
  • Una sola presentación a través del formulario N° 2668.
  • El Estudio de Precios de Transferencia continuará presentándose mediante el formulario N° 4501, que permanece sin cambios.
  • Automatización de empadronamiento para todos los sujetos comprendidos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.717/2020, que en alguno de los 2 últimos períodos fiscales estuvieron obligados a presentar información de operaciones internacionales o precios de transferencia.
  • Posibilidad de presentar formulario “Sin movimiento”.
  • Dos perfiles: uno para profesionales, sin posibilidad de realizar la presentación, y otro para quien realice la presentación.
  • Vencimientos 
  • Tablas

Vencimientos

Formulario 2668 y Estudio de precios de transferencia

El Estudio de Precios de Transferencia y el formulario de declaración jurada F. 2668, correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el sexto mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1 Hasta el día 23, inclusive
2-3Hasta el día 24, inclusive
4-5Hasta el día 25, inclusive
6-7Hasta el día 26, inclusive
8-9 Hasta el día 27, inclusive

Informe maestro 

El Informe Maestro correspondiente a cada ejercicio fiscal o período fiscal anual, según corresponda, deberá ser presentado por los contribuyentes o responsables, hasta el duodécimo mes posterior al de su cierre, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1Hasta el día 23, inclusive
2-3Hasta el día 24, inclusive
4-5Hasta el día 25, inclusive
6-7Hasta el día 26, inclusive
8-9Hasta el día 27, inclusive

Vencimientos especiales – Períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y 30 de abril de 2020

El formulario de declaración jurada F. 2668, el Estudio de precios de transferencia, y el Informe maestro correspondiente a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en los meses de julio, agosto, y octubre de 2020, de la siguiente manera:

  • De diciembre 2018 a mayo de 2019, en julio de 2020
  • De junio de 2019 a noviembre de 2019, en agosto 2020
  • De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020

Dicha presentación deberá efectuarse, respectivamente, en las siguientes fechas de acuerdo con la terminación de la CUIT:

TERMINACIÓN CUIT VENCIMIENTO
0-1Hasta el día 10, inclusive
2-3Hasta el día 11, inclusive
4-5Hasta el día 12, inclusive
6-7Hasta el día 13, inclusive
8-9Hasta el día 14, inclusive

En cualquiera de los casos, cuando las fechas de vencimiento indicadas coincidan con un día feriado o inhábil, se trasladarán a los días hábiles inmediatos siguientes.

Manual del usuario OPERACIONES INTERNACIONALES (F. 2668)

Operaciones Internacionales Formulario N 2668 – Folleto Explicativo

Normativa