El Banco Central de la República Argentina (BCRA) comunica que se ha dispuesto modificar el esquema de vencimientos correspondientes al Relevamiento de Activos y Pasivos Externos, dado a conocer mediante Comunicación “A” 6401 y complementarias:
Los vencimientos de las presentaciones trimestrales, a partir de la presentación correspondiente al primer trimestre del año 2020, quedarán distribuidos en grupos con el siguiente esquema.
- Grupo A - Declarantes con CUIT terminados en 0 y 1: El vencimiento de la declaración trimestral operará a los 45 días corridos desde finalizado el trimestre calendario (o el día hábil inmediato posterior).
- Grupo B - Declarantes con CUIT terminados en 2 y 3: El vencimiento de la declaración trimestral operará al día hábil siguiente al vencimiento del grupo A.
- Grupo C - Declarantes con CUIT terminados en 4 y 5: El vencimiento de la declaración trimestral operará al día hábil siguiente al vencimiento del grupo B.
- Grupo D - Declarantes con CUIT terminados en 6 y 7 El vencimiento de la declaración trimestral operará al día hábil siguiente al vencimiento del grupo C.
- Grupo E - Declarantes con CUIT terminados en 8 y 9: El vencimiento de la declaración trimestral operará al díahábil siguiente al vencimiento del grupo D.