El nuevo Decreto 621/2020 incorpora como nuevo beneficio del Programa ATP los Créditos a Tasa Subsidiada para empresas.
El Gobierno adelantó como será la base de cálculo para el pago del ATP y los requisitos que habrá que tener en cuenta para adherir. Aún no está definida la fecha de inscripción.
Asignación compensatoria del salario:
- Para el pago de sueldos, el Estado pagará hasta 1.5 Salario Mínimo Vital y Móvil ($25.312) por empleado a las empresas cuya facturación de junio 2020 haya caído frente al mismo mes de 2019.
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Para el pago de los sueldos de julio, podrán acceder todas las empresas sin importar la zona en la que estén radicadas.
- Las PyMES y empresas grandes que realicen actividades consideradas críticas como turismo, entretenimiento, cultura, salud y deportes de todo el país percibirán el salario compensatorio correspondiente hasta dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) por empleado hasta diciembre de 2020.
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Se tomará como referencia el salario del mes de febrero de 2020 y el pago se realizará a través de la ANSES, directamente en la cuenta bancaria del empleado.
Requisitos
- Realizar actividades económicas afectadas en forma crítica o tener una cantidad relevante de empleados contagiados por el COVID 19, en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
- Pertenecer a un sector que todavía no fue habilitado a funcionar, de acuerdo a la situación epidemiológica de cada provincia.
- Tener una facturación menor que la de junio 2019.
- En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad después de marzo de 2019, se tomará en cuenta la facturación correspondiente a diciembre de 2019 para realizar la comparación.
- En el caso de las empresas que hayan iniciado su actividad durante el 2020, se las considerará afectadas de forma crítica debido a su reciente creación, dando por cumplidos los requisitos exigidos para ser beneficiarias de la medida.
- Respecto a los docentes de escuelas privadas, el Ministerio de Educación informará a la AFIP el listado de instituciones que no perciben ninguna clase de aportes o subsidios para que puedan tramitar el pago del salario complementario, mientras que se analizarán los casos de aquellos establecimientos que sí reciben perciben aportes o subsidios.
- El beneficio no será válido para aquellos empleados que cobren más de $140 mil brutos.
Créditos para empresas que empiezan a recuperarse
- Destinados al pago de sueldos.
- Con garantía del Estado a través del FoGAR y del FONDEP.
- Con tres meses de gracia a devolver en 12 cuotas fijas.
- El monto se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 Salario Mínimo Vital y Móvil ($20.250) por cada empleado de la empresa que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo del 2020.
- Empresas con facturación entre 0% y 10% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa 0%.
- Empresas con facturación entre 11% y 20% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa del 7,5%.
- Empresas con facturación entre 21% y 30% más que junio 2019: Podrán solicitar un crédito a tasa del 15%.
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