Nueva versión del aplicativo IVA y del sistema web


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Los contribuyentes y/o responsables del impuesto al valor agregado alcanzados por las disposiciones de la Resolución General N°715 y sus complementarias, a efectos de cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del tributo, deberán utilizar, en sustitución de la versión vigente, el programa aplicativo denominado “I.V.A. - Versión 5.6”

Las novedades de esta nueva versión, sus características, funciones y aspectos técnicos podrán consultarse en la opción “Aplicativos” del sitio web http://www.afip.gob.ar.

Asimismo, las aludidas novedades serán replicadas en el formulario “F. 2002 IVA por Actividad” del servicio con Clave Fiscal “Mis Aplicaciones WEB”, para los sujetos que deban confeccionar sus declaraciones juradas con arreglo al procedimiento establecido por la Resolución General N°3.711.

La utilización obligatoria del nuevo aplicativo será para las declaraciones juradas -originarias o rectificativas -que se presenten a partir del 31 de julio de 2020.

Resolución General 4777-2020.pdf