El BCRA reglamentó los Créditos a Tasa Subsidiada


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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) reglamentó los créditos a tasa subsidiada para los empleadores que tuvieron una variación positiva de su facturación entre 2020 y 2019 en el marco del Programa ATP

Las entidades financieras deberán otorgar los “Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas” previstos en el Decreto Nº 332/2020 a todas las empresas que los soliciten, siempre que estén comprendidas en el listado de beneficiarios que dé a conocer la AFIP. 

Estas financiaciones serán en pesos y deberán ser acreditadas en las cuentas sueldo de sus trabajadores. De no ser el trabajador titular de cuenta sueldo alguna, la entidad financiera deberá proceder a su apertura, establece la reglamentación. 

Desde el momento en que la solicitud sea recibida, la entidad financiera contará con hasta 5 días hábiles para proceder a la acreditación de la financiación. 

La tasa de interés se determinará en función de la variación nominal positiva interanual en la facturación de la empresa con relación al mismo período del año anterior en función del citado listado: 

Variación Nominal Interanual en la FacturaciónTasa de Interés nominal anual 
Del 0% al 10%0%
Más del 10% hasta el 20%7,5%
Más del 20 hasta el 30%15%

La financiación contará con un período de gracia de 3 meses desde su acreditación. A partir del cuarto mes, se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Las personas que accedan a las financiaciones no podrán, hasta su total cancelación:  

Acceder al mercado de cambios para realizar operaciones correspondientes a formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y derivados. 

Concertar en el país ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior.