Buenos Aires promulga la ley que declara la emergencia económica y financiera de pymes

La ley 15178, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, declara por el plazo de 180 días, la emergencia productiva, económica, financiera y tarifaria de la Micro y Pequeñas empresas que se encuentren radicadas en el ámbito de la misma provincia y de todos los sujetos que desarrollen actividades no esenciales –Decreto 297/2020-.

La norma contempla beneficios impositivos, líneas de crédito especialmente destinadas al sostenimiento de las micro y pequeñas empresas, y la formación y capacitaciones en material legal, contable, impositiva y administrativa.

La autoridad de aplicación de la presente emergencia, elegida por el Poder Ejecutivo Provincial, será la encargada de adoptar las siguientes medidas: 

* Diseñar e implementar en forma conjunta con la ARBA, un régimen de beneficios impositivos, que podrá incluir postergación de vencimientos de impuestos y tasas provinciales, rediseño de agenda de vencimientos, plan especial de facilidades de pagos. 

* Coordinar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires, líneas de crédito especialmente destinadas al sostenimiento de las Micro y Pequeñas Empresas. 

* Desarrollar un programa de formación y/o capacitación y/o tutoría para contribuir al sostenimiento de las Micro y Pequeñas Empresas, en las áreas que la Autoridad de Aplicación lo considere conveniente, pudiendo abarcar aspectos en materia legal, contable, impositiva y de administración. 

* Desarrollar en forma conjunta con los municipios, estrategias que contribuyan al sostenimiento de las Micro y Pequeñas Empresas, que podrán incluir planes de facilidades de pago para regularizar deudas de tasas e impuestos municipales, régimen de promoción local de las Micro y Pequeñas Empresas, entre otras. 

* Estimular los procesos de creación y promoción de incubadoras de empresas en parques industriales, y agrupamientos empresariales e industriales. 

* Coordinar con el Estado Nacional políticas conjuntas, que tengan como sujeto de aplicación las Micro y Pequeñas Empresas radicadas en la Provincia. 

* Otorgar subsidios a las Micro y Pequeñas Empresas, de acuerdo a los criterios que la misma considere.