Impuesto Cedular a la Renta Financiera - DDJJ Simplificada

A partir del pasado día lunes 27 de mayo se encuentra disponible una nueva modalidad mediante la cual se simplifica la liquidación de la Renta Financiera. Se podrá optar por declarar en un solo renglón resumen, y por tipo de inversión, el total de los rendimientos en forma abreviada sin necesidad de informar cada una de las inversiones.

Ésto da paso a tres modalidades de presentación de declaración jurada de la renta financiera:

1) Para los rendimientos hasta $200.000: Se debe generar un VEP declarando el monto de los rendimientos alcanzados por la alícuota del 5% y del 15%, así como el impuesto determinado que corresponde ingresar.

2) Declaración Jurada Simplificada para rendimientos superiores a $200.000 (a partir de hoy): carga abreviada en un solo ítem y por tipo de inversión

3) Declaración Jurada tradicional con detalle de cada una de las inversiones.

Los requisitos y condiciones para acceder a la nueva modalidad son:

-Tipo de renta: Rentas análogas a aquella del VEP por rentas de hasta $200.000. . 1) Art. 90.1 LIG: rendimiento de capital de valores y 2) y Art. 90.4 LIG: enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales, fideicomisos financieros, monedas digitales, Títulos, bonos y demás valores.

  -Inscripción LIG cedular: Al contemplar rentas superiores a $200.000 (por el año 2018), deberían ser aquellos inscriptos en tal imposición y que en el caso de no estarlo, el fisco lo hará de oficio.  


Denominación DDJJ Simplificada 


Según la Resolución General 4488/2019,el VEP directo también tiene el carácter de una Declaración Jurada conforme la Ley de Procedimientos Fiscal 11.683 ya que reviste como tal a las "Boletas de depósito y las comunicaciones de pago" (Art. 15). La confección del VEP es determinativo , ya que se debe colocar el monto sujeto a imposición y la aplicación de la alícuota respectiva, lo cual da lugar a una nueva clase de VEP que no se limita a colocar el impuesto, concepto, subconcepto y monto.


Plan de Pagos de la RG 4057


Con respecto a la adhesión al Plan de Pagos de la RG 4057  es probable que no sea posible acceder al mismo al igual que en el caso de las rentas menores a $200.000.