Topes máximos y mínimos a utilizar para el cálculo de aportes y contribuciones patronales para el trimestre marzo 2023 a mayo 2023. Haber mínimo y máximos garantizado, PUAM y PBU.
La ANSES publicó los topes máximos y mínimos a utilizar para el cálculo de aportes y contribuciones patronales desde el devengado de marzo 2023 a mayo 2023.
La medida fue oficializada hoy con la publicación de la Resolución 36/23 de ANSES en el Boletín Oficial.
A partir de las Declaraciones Juradas del período devengado de marzo 2023 serán aplicables los siguientes topes:
• Mínimo: $ 19.758,51
• Máximo: $ 642.142,18
Sin tope para el cálculo del importe de la contribución de Ley de Riesgos del Trabajo.
Se considera Remuneración a:
Sueldo, Jornal, Comisiones, Viáticos sin comprobante, Remuneración en especies, Gastos de representación, Premios, Adicionales por antigüedad, Asignación por título, Propinas habituales no prohibidas, Salario por enfermedad, accidente, vacaciones, licencias especiales, Preaviso otorgado, S.A.C., Horas extras, Honorarios en relación de dependencia, Gratificaciones Habituales, y todo lo que esté relacionado directamente con la prestación de servicios.
No se considera Remuneración a:
Viáticos con comprobante, Gratificaciones por Egreso, Indemnizaciones por falta de preaviso, por antigüedad, por vacaciones no gozadas, Asignaciones Familiares, Indemnización por accidente o incapacidad, Maternidad, Integración de Mes, Reintegros de gastos, Subsidios por desempleo, y además todos los conceptos enumerados en los artículos 103 bis, 223 bis y 105 de la LCT.
Beneficios Sociales y Asignaciones no Remunerativas. (Ley 24.700 de 25/09/96).
Excepción a topes mínimos – Licencias
Cuando el trabajador se encuentre con Licencia, por ejemplo, sin Goce de Haberes, la remuneración puede ser igual a cero ($0) o menor al tope mínimo vigente para el periodo.
En dicho caso, deberá determinar la cantidad de días trabajados de manera correcta.
Haber mínimo y máximo garantizado
Además, la resolución fijó los haberes mínimo garantizado y máximo, vigentes a partir del 1 de marzo de 2023, son $58.665,43 y $394.762,81 respectivamente.
PBU y PUAM
Por último, se establece el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), aplicable a partir del mes de marzo de 2022, en la suma de $ 26.836,76 y $46.932,34 respectivamente.
Resolución 36/2023 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL